El mismo día que Alba Moreno volvía de la baja de maternidad, le dijeron que no renovaban su puesto. No hace falta inventar el guion: el Tribunal Supremo lo ha dejado escrito. Archiva la querella penal contra Javier Ortega Smith y, a la vez, le pone un espejo delante. Conducta “impropia”. Palabras “desafortunadas e improcedentes”. Posible discriminación indirecta por razón de sexo. Y ese reproche que duele más que un titular de partido: comportamiento “un tanto machista”.

La Sala de lo Penal, con ponencia de la magistrada Susana Polo y auto fechado el 17 de septiembre —difundido este lunes—, no ve delito contra la integridad moral ni acoso laboral tipificado. No hay, dice, insultos, amenazas ni humillaciones graves del tamaño que exige el Código Penal. Tampoco una secuencia de hostigamiento larga y sistemática: el núcleo está en una reunión, el 9 de diciembre de 2025, el día de la reincorporación. La Fiscalía iba en la misma línea. Archivo. Punto. Pero el archivo no borra la cinta.

Lo que se oye en la grabación

Moreno era directora de comunicación del grupo municipal de Vox en el Ayuntamiento de Madrid, personal eventual. Tras el nacimiento de su tercer hijo, se reincorporó y se topó con Ortega Smith, entonces portavoz. Según el relato recogido por Europa Press y el extracto publicado por El País, ella grabó la conversación. Él le reprocha no haber ido a plenos, no haber visitado la sede, “cero interés”, “ni una visita”. Ella recuerda lo obvio: estaba de baja con un bebé. Él pregunta si de baja no se hacen visitas. Sugiere llevar al niño “a enseñarlo”. Cuando habla de lactancia, responde: “¿Todo el día?”.

Hay una frase que resume el choque cultural: “No entremos en la vena feminista”. Y otra que deja el truco al descubierto: “No te ceso. No te renuevo en tu puesto”. En el mundo del personal eventual, la puerta gira con facilidad. En el mundo de los derechos de conciliación, esa facilidad no absuelve el tono.

Delito no, pero el papel del Supremo pesa

El alto tribunal dibuja una frontera clara. Lo penal se reserva para lo más grave. Lo que aquí se describe puede ser “reprochable en otros planos no penales” e incluso apuntar a discriminación indirecta. El cese, si se discute por vulneración de derechos, toca al contencioso-administrativo: Moreno ya presentó denuncia en marzo contra el Ayuntamiento de Madrid, que es quien formaliza la relación laboral a indicación del grupo municipal.

Ortega Smith ya no es el hombre fuerte de Vox. El partido le expulsó; conserva actas, pero en julio pasó al Grupo Mixto y es concejal no adscrito. El auto no es un ajuste de cuentas de la cúpula de Abascal. Es otra cosa: un exdirigente que, al justificar una no renovación el día de la vuelta de la baja, eligió el lenguaje de la sospecha sobre la maternidad.

Qué se juega de verdad

Si la baja maternal se convierte en examen de “interés” por el equipo, el derecho se vacía por la puerta de atrás. Se puede no renovar un cargo de confianza. Lo que no se puede normalizar es convertir el pecho, el sueño del recién nacido y la ausencia legal en prueba de deslealtad. El Supremo no abre causa penal. Deja, sin embargo, un párrafo que cualquier departamento de personal debería colgar en la nevera: conducta impropia, machismo “un tanto” y posible discriminación indirecta.

La pelea sigue fuera del Código Penal. En los juzgados de lo contencioso. En la cultura laboral de los grupos municipales. Y en una pregunta simple para quien manda: cuando una mujer vuelve de la baja, ¿se le mide por el trabajo o por cuántas veces apareció con el carrito en la sede?