En plena precampaña del 29-N, el Tribunal Supremo ha mandado un mensaje sin adornos: la condena del caso mascarillas no se reescribe por reiteración. La Sala de lo Penal ha desestimado los incidentes de nulidad de José Luis Ábalos y Koldo García y confirma las penas de 24 años y tres meses y 19 años y ocho meses de cárcel, respectivamente. El auto, notificado este miércoles, les impone además las costas y deja expedita la vía del amparo ante el Constitucional.

No es un detalle procesal de despacho. El incidente de nulidad era el último intento en la jurisdicción ordinaria de tumbar la sentencia de junio, en la que el alto tribunal les condenó por organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación. La Fiscalía Anticorrupción ya había pedido el rechazo: los escritos, dijo, se limitaban a reproducir pretensiones ya examinadas. El Supremo lo suscribe con una frase que debería colgarse en más despachos: la nulidad “no está prevista para que el tribunal rectifique el criterio” con los mismos argumentos del juicio.

El relato judicial es demoledor para quien quiera vender que esto fue “ruido mediático”. Los magistrados dieron por probadas irregularidades en la adjudicación de 13 millones de mascarillas por entidades de Transportes —Puertos del Estado y Adif— a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Víctor de Aldama; una remuneración mensual de 10.000 euros en “gastos fijos” para Ábalos; la colocación de dos mujeres relacionadas con el exministro en empresas públicas; y una red de pisos con opción a compra (Madrid, Marbella, La Línea) ligada a favores como una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa o una licencia de hidrocarburos. Ábalos aparece como “el jefe” que aportaba autoridad institucional y orgánica; Koldo, como su “alter ego”.

Aldama, el empresario corruptor, se quedó en cuatro años y evitó la cárcel inmediata por colaboración, con condiciones (no delinquir, informes, trabajos en beneficio de la comunidad) y sin abonar de entrada la multa millonaria que reclamaba la Fiscalía si cumple el trato. Ese contraste —el político y el asesor con décadas de pena acumulada; el intermediario con salida atenuada— alimenta la bronca pública, pero no borra el núcleo: el Supremo sostiene que hubo trama para monetizar el poder de un número tres del PSOE y ministro de Transportes del Gobierno de Sánchez.

Ábalos alegó de todo: juez predeterminado, dispositivos electrónicos, cadena de custodia, presunción de inocencia y el peso de la declaración de Aldama. La sala contesta uno a uno y recuerda que dejar el escaño después de abierto el juicio oral no traslada el caso a la Audiencia Nacional. Sobre la filtración mediática de contenidos digitales, el tribunal se lava las manos con razón procesal: eso sería imputable a quien publicó, no al órgano sentenciador. En román paladino: discrepancia no es nulidad.

Para la mesa de la derecha el timing importa. Mientras el CIS de Tezanos dibuja un PSOE al alza por la vivienda, la justicia devuelve a la portada el coste moral del sanchismo orgánico: un exministro condenado con firmeza ordinaria y un exasesor con casi dos décadas de pena a la espalda. Que recurran al Constitucional es su derecho. Que el Supremo diga hoy que no hay truco procesal que limpie el caso mascarillas es un hecho. En campaña, los hechos pesan más que los eslóganes de regeneración prestados.