Hay decisiones que se publican en el Boletín Oficial del Estado un viernes cualquiera y que, leídas con prisa, parecen un trámite más. Pero detrás de la resolución que el BOE sacó el 26 de junio de 2026 hay siete pueblos de Teruel, una empresa eléctrica y una historia muy de nuestro tiempo: la del sol que avanza y el viento que, en este expediente, se retira.
El documento —una resolución de 1 de junio de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas— concede a Enel Green Power España la autorización administrativa previa para la instalación bautizada como HB2-La Plana, que en cristiano es el módulo solar fotovoltaico Santa María y sus infraestructuras para sacar la electricidad a la red. La potencia autorizada es de 65,303 MW, según el artículo 5 del Real Decreto 997/2025. Y en la misma resolución, casi como una nota al pie con mucha miga, la Administración acepta que Enel retire de este expediente el módulo eólico La Plana, que sumaba 86,8 MW.
«Autorización previa» no es «ya pueden empezar las obras»
Conviene decirlo pronto y claro, porque es justo donde se cuela el malentendido: esto no significa que mañana lleguen las máquinas. La autorización administrativa previa es el primer sí, no el último. El propio texto deja escrito que la autorización de construcción no podrá ni siquiera otorgarse —ni pueden iniciarse obras preparatorias— hasta que se cumpla una lista de condiciones. Hay luz, sí, pero está en ámbar.
¿Qué falta? Entre otras cosas, recoger las modificaciones que impone la declaración de impacto ambiental, completar las autorizaciones de la parte de evacuación que se queda fuera de esta resolución, un informe de capacidades de la CNMC y acuerdos compatibles con los derechos mineros vigentes. Traducido: papeleo serio, no un formalismo. Cada uno de esos puntos es una puerta que puede abrirse rápido o atascarse durante meses.
El mapa: siete municipios turolenses
El proyecto se reparte por términos municipales de Teruel: La Puebla de Híjar, Jatiel, Castelnou, Híjar, Samper de Calanda, Alcañiz y Alcorisa. Son nombres que en Madrid no le dicen nada a casi nadie y que, sin embargo, son el escenario real de la transición energética: el sitio donde las placas se ven desde la ventana y donde los accesos y las obras pasan por fincas concretas y por casas concretas.
No es un detalle menor que la resolución insista en ello. Entre los condicionantes ambientales aparece, negro sobre blanco, la obligación de minimizar las afecciones a propietarios y a viviendas durante los accesos y las obras. La transición, cuando se mira de cerca, siempre aterriza en alguien.
El viento que se cae del expediente
Aquí está, para quien quiera leerlo, el dato más político de todos. En este expediente el componente eólico va perdiendo terreno por dos vías. Una, explícita: Enel desiste de pedir la autorización previa para el módulo eólico La Plana y la Administración lo acepta. Esos 86,8 MW salen de la ecuación. Dos, la que asoma en la letra ambiental: la declaración de impacto ambiental favorable —aprobada por resolución de 9 de febrero de 2026— menciona la eliminación de 43 aerogeneradores considerados potencialmente conflictivos durante la información pública, dentro de las modificaciones que se tomaron en consideración.
Cuidado con el atajo, que es tentador: no estamos diciendo que Enel abandone la eólica en España ni que cancele un plan renovable entero. Nada de eso consta. Lo que consta es más modesto y más concreto: en este proyecto, el viento adelgaza y el sol se queda.
Las condiciones ambientales, una por una
La autorización se concede sin perjuicio del resto de permisos en ordenación del territorio, medio ambiente y demás normativa aplicable. Y el anteproyecto pasó por evaluación ambiental, con su estudio de impacto, antes de lograr esa DIA favorable. No es un cheque en blanco: viene con deberes.
Entre los condicionantes que cita el texto: adaptar el proyecto a lo que diga la DIA, medidas sobre el dominio público hidráulico, prospecciones de flora, de fauna y de patrimonio arqueológico antes de tocar el terreno, seguimiento del ruido y medidas frente a la mortalidad de fauna por colisión. Conviene subrayarlo para no confundir a nadie: son condiciones que habrá que cumplir, no daños que ya se hayan producido. Pero que figuren ahí, enumeradas, es exactamente lo que separa una transición ordenada de una barra libre.
A dónde va esa electricidad
El objetivo del proyecto autorizado es de manual: construir un módulo solar fotovoltaico para generar electricidad y evacuarla a la red. Esa energía se conectaría con la red de transporte en la subestación Mudéjar 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España. El matiz importa: parte de la infraestructura de evacuación se queda fuera de esta resolución, así que también ahí queda camino por recorrer antes de que nada se enchufe.
La lectura, sin trampas
Que nadie venda esto como una planta ya en marcha ni como una derrota del viento a nivel nacional, porque no es ni una cosa ni la otra. Lo que hay es un primer permiso, condicionado hasta las cejas, para una fotovoltaica de 65,303 MW en siete pueblos de Teruel, mientras un módulo eólico de 86,8 MW sale del expediente por voluntad de la propia empresa.
La transición energética hace falta y va en serio. Pero resoluciones como esta recuerdan algo que conviene no olvidar: el cómo importa tanto como el cuánto. Las placas no caen del cielo sobre un mapa vacío; caen sobre comarcas con nombre, con propietarios, con fauna que choca y con patrimonio bajo tierra. Que las condiciones estén escritas es la parte buena. Que se cumplan —y que alguien vigile que se cumplen— es la tarea que empieza ahora.
