La Audiencia Provincial de Madrid ha cerrado la puerta. El tribunal ha rechazado los recursos de Pedro Sánchez, el PSOE y la Fiscalía contra el archivo del caso de la lona de Hazte Oír que, frente al Congreso de los Diputados, llamó «corrupto» al presidente del Gobierno. La conclusión es tan simple como incómoda para quienes recurrieron: aquel mensaje no era un delito. Era crítica política.

Tres recursos. Tres rechazos. La Audiencia avala el archivo y zanja el asunto en sede provincial, sin abrir juicio ni convertir una pancarta en un proceso penal.

Qué ha decidido la Audiencia

El tribunal considera que llamar «corrupto» a un presidente entra dentro de la crítica política legítima. No multa, no procesa, no sienta a nadie en el banquillo. Confirma que el caso debía quedar archivado, tal y como ya se había acordado, y desmonta así el intento de darle recorrido judicial.

Conviene leerlo con precisión, porque aquí es fácil resbalar. La decisión es estrictamente procesal. No hay condena ni absolución penal de Sánchez. La Audiencia no dice que el presidente sea corrupto ni que deje de serlo: eso nunca estuvo sobre la mesa. Lo único que resuelve es si una lona con esa palabra puede perseguirse por la vía penal. Y la respuesta es que no.

Por qué importa quién recurrió

El detalle no es menor. Quien pidió que aquella lona tuviera consecuencias judiciales fue el propio presidente del Gobierno, junto a su partido y al ministerio fiscal. Los tres se han topado con el mismo muro. Cuando el poder político intenta llevar a un tribunal una crítica —por dura, por gruesa que sea—, alguien tiene que recordar dónde está la frontera de lo perseguible. Esta vez lo ha hecho la Audiencia de Madrid.

Porque la libertad de expresión protege también el mensaje incómodo. Sobre todo el incómodo. El aplauso no necesita amparo; lo necesita el que señala, el que molesta, el que cuelga una lona enorme a las puertas del Parlamento. Reducir el insulto político a delito es una tentación recurrente, y casi siempre llega desde el lado que recibe el golpe. La novedad sería que prosperase.

Hazte Oír y los límites del foco

Hazte Oír es una organización activista, conocida por sus campañas de choque y por buscar el titular. Que el tribunal ampare su lona no significa que certifique la palabra escrita en ella. No es lo mismo, y la diferencia es todo. La Audiencia protege el derecho a lanzar una crítica política contundente contra el máximo responsable del Ejecutivo; no firma que el adjetivo sea literalmente cierto.

Dicho de otro modo: el fallo va de libertades, no de un veredicto sobre la honradez del presidente. Quien lo presente como una resolución que «declara corrupto» a Sánchez estará tergiversando lo ocurrido. Y quien lo presente como una persecución a la oposición, también. El amparo es al mensaje, no a su contenido literal.

Un aviso para la próxima pancarta

El caso deja una enseñanza sencilla. La política se hace con palabras gruesas, con pancartas, con mensajes que escuecen y que no siempre gustan. Llevar cada uno de ellos al juzgado no fortalece la democracia: la encoge. La crítica al poder no necesita permiso, y mucho menos el permiso de aquel a quien se critica.

Por ahora, la lona gana. Y con ella gana algo más valioso que una pancarta: el derecho a decirle al poder, alto y a las puertas del Congreso, lo que muchos no se atreverían a escribir.