El caso Begoña Gómez ya no vive solo en los comunicados de Moncloa ni en la bronca de tertulia. El juez Juan Carlos Peinado ha abierto juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, y también contra su asesora Cristina Álvarez por presunta malversación. A partir de ahora, el relato político tendrá que convivir con algo bastante menos cómodo: un juicio con jurado.
Conviene separar el ruido de los hechos. La apertura de juicio oral no es una condena. Gómez mantiene intacta la presunción de inocencia. La Fiscalía y las defensas piden la absolución. La acusación popular, liderada por Hazte Oír, sostiene la acusación y solicita penas de cárcel. Y la Audiencia Provincial de Madrid ya había dejado el procedimiento acotado a dos delitos, después de apartar otros que Peinado había incluido antes.
Pero también conviene decir lo obvio: cuando un caso llega a juicio oral, la política no puede despacharlo todo como si fuera humo. El Gobierno ha denunciado una “persecución judicial” y asegura que durante la instrucción ha quedado clara la inocencia de Gómez. Puede creerlo. Puede defenderlo. Pero no puede pretender que esa tesis sustituya al juicio.
El auto de Peinado sitúa el foco en dos cuestiones. Una, si Begoña Gómez se benefició de su condición de esposa del presidente para impulsar su actividad en la Universidad Complutense y en torno a la cátedra que codirigió. Otra, si la actuación de su asesora en La Moncloa invadió terrenos ajenos a sus funciones públicas. Esas son las líneas que ahora deberán probarse o desmontarse ante el tribunal competente.
RTVE recoge que el magistrado no ha impuesto medidas cautelares a las acusadas, aunque ha pedido las cinco últimas declaraciones de la renta de Gómez para determinar su capacidad económica en caso de futuras sanciones. La Vanguardia señala que la Universidad Complutense fija un perjuicio patrimonial de 113.000 euros. Son datos relevantes, pero no equivalen por sí solos a culpabilidad. La clave estará en la prueba.
La reacción del Gobierno, sin embargo, ha vuelto a mezclar defensa jurídica y blindaje político. Moncloa habla de arbitrariedad, de acoso y de coincidencias sospechosas con viajes internacionales de Pedro Sánchez. Es una estrategia conocida: presentar la causa como parte de una ofensiva contra el Ejecutivo. El problema es que esa línea, usada sin pausa, puede acabar sonando a inmunidad de entorno.
La derecha tiene aquí un argumento fácil: si el investigado fuera del PP, el PSOE no aceptaría que todo se redujera a una conspiración. Y tendría razón. En democracia, los familiares de un presidente no son culpables por ser familiares, pero tampoco quedan fuera del escrutinio por vivir cerca del poder. Esa frontera es delicada, y precisamente por eso debe decidirse con pruebas, no con consignas.
También hay que mirar al juez sin tragarse todos los envoltorios. Peinado ha sido criticado por su instrucción, por sus frases y por los vaivenes del procedimiento. La Audiencia ya corrigió parte del camino. Eso importa. Pero una instrucción discutida no convierte automáticamente en falso todo lo investigado. La defensa tendrá ocasión de tumbar las acusaciones donde corresponde: en sala.
El PP, por su lado, corre el riesgo contrario: vender el juicio como condena anticipada. No lo es. Si exige respeto a los jueces, debe respetar también el resultado final aunque sea absolutorio. La causa puede ser políticamente demoledora para Sánchez, pero el daño político no puede confundirse con prueba penal.
Lo que sí queda claro es que el caso entra en una fase más seria. Ya no basta con decir “persecución” ni con gritar “corrupción” desde el escaño. Habrá un jurado, una acusación, una defensa y un tribunal. Y ahí cada parte tendrá que enseñar cartas.
Para Moncloa, la tentación será convertir el juicio en un plebiscito emocional sobre Sánchez. Para la oposición, convertirlo en sentencia antes de tiempo. Ninguna de las dos cosas mejora la Justicia. La salida limpia es más simple y más exigente: que se vea todo, que se pruebe lo que se pueda probar y que la sentencia no la escriba ningún partido.
