El 3 de noviembre de 2026, con las elecciones generales del 29 de noviembre a la vuelta de la esquina, la Abogacía del Estado se presentó ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo para decir que no. No a ampliar la suspensión cautelar del censo electoral a los hijos de personas nacionalizadas por la llamada 'ley de nietos'. El momento elegido para plantar esa posición lo dice casi todo.
Qué es la 'ley de nietos' y de dónde viene el lío
Para ponerse en contexto: las leyes de Memoria Histórica (2007) y de Memoria Democrática (2022), abrió la puerta a que descendientes de exiliados españoles —en su mayoría residentes en Latinoamérica— obtuviesen la nacionalidad española de origen. El nombre popular lo resume bien: recuperar para el padrón a quienes el franquismo y sus consecuencias dejaron fuera del registro civil español.
El proceso generó cifras muy abultadas, una verificación consular en origen que dejó mucho que desear y un número significativo de inscripciones en el censo electoral español de personas cuyo encaje en el censo exterior ha acabado en los tribunales por la forma en que se acreditó el exilio. Ese es el fondo del asunto que ha terminado en el Supremo.
El Anexo I ya está paralizado: 163.000 electores fuera
El 10 de septiembre de 2026, la Sala Tercera del Tribunal Supremo acordó una medida cautelar que suspende la participación en las urnas de un colectivo vinculado al denominado Anexo I de la ley. Según el relato de Iustitia Europa —la organización jurídica que lleva el caso junto a Vox—, la cifra afectada ronda las 163.000 personas: aquellas cuyos progenitores obtuvieron la nacionalidad española pero carecen de la certificación consular que acredita el exilio, como exige la norma.
Ahora bien: esa cautelar no alcanza a los hijos mayores de edad de esas personas. Es decir, el titular está suspendido, pero su hijo —también nacionalizado por la misma cadena jurídica, también inscrito en el censo— puede votar sin problema. Ahí está el nudo del litigio actual.
Qué piden Vox e Iustitia Europa: el Anexo III
La petición que ahora espera resolución en el Supremo es extender la cautelar al llamado Anexo III: los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad española de origen a través de estas leyes de memoria histórica, especialmente cuando el progenitor está ya afectado por la suspensión por no haber acreditado el exilio ante el consulado.
La lógica es directa: si el padre está fuera del censo por falta de verificación, el hijo que accedió a la nacionalidad derivada de ese mismo título no debería estar dentro. No es una petición extravagante; es aplicar al siguiente eslabón de la cadena el mismo criterio que el Supremo ya aceptó en septiembre respecto al escalón anterior.
Las cifras que el Gobierno aporta y luego prefiere ignorar
Aquí viene el detalle que más incomoda al Ejecutivo. En el propio escrito de Iustitia Europa ante el Supremo se citan datos procedentes de la Administración: a 31 de julio de 2026, el Anexo III incluiría en torno a 189.678 personas. A 31 de agosto, el Gobierno habría cifrado 195.872 nacionalidades concedidas por esta vía, más 134.405 solicitudes aprobadas que aún están pendientes de inscripción registral.
Esos números no los ha fabricado Vox ni Iustitia Europa. Los ha generado la propia Administración. Y pese a tenerlos encima de la mesa, la Abogacía del Estado ha optado por oponerse a cualquier revisión. Sus argumentos: ampliar la cautelar afectaría de forma "notoria" al sufragio activo, tendría impacto sobre el proceso electoral y el escrutinio, y la petición sería "indeterminada y de imposible cumplimiento" en el plazo disponible porque el esfuerzo consular que exigiría verificar los expedientes no es compatible con los recursos existentes en pocas semanas. También pide que se emplace a los terceros afectados antes de decidir nada.
Con el 29N encima: la lectura que el Gobierno no quiere que se haga
El calendario convierte esta posición en algo difícil de presentar como una decisión puramente técnica. Estamos a tres semanas justas de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026, y el Ejecutivo acaba de personarse en el Supremo para bloquear una ampliación que afectaría a un colectivo cuya dimensión —según sus propios datos— supera las 189.000 personas.
El argumento del "imposible cumplimiento" tiene una parte de verdad: revisar decenas de miles de expedientes consulares en veinte días es objetivamente muy difícil. Pero eso mismo podría haberse gestionado con meses de antelación, cuando los datos ya estaban disponibles. Que ese trabajo no se haya hecho, y que la oposición formal llegue ahora, a contrarreloj y en precampaña, deja al Gobierno en una posición muy incómoda: no es que no puedan, es que no quisieron.
El Supremo no ha resuelto todavía la petición de ampliación. El procedimiento sigue su curso. Pero la postura del Ejecutivo ya está fijada sobre el papel: ni un solo nombre más fuera del censo, aunque las magnitudes las haya puesto él mismo encima de la mesa.
El Supremo ya paró a alrededor de 163.000 del Anexo I. Con cerca de 190.000 en el siguiente escalón según los datos de la propia Administración, mirar hacia otro lado no es prudencia jurídica. Es una decisión política tomada en plena precampaña electoral.
Fuentes y contexto
- ABC — El Gobierno se opone a sacar del censo a los hijos de los 'nietos' (3 nov 2026)
- Europa Press — Gobierno respalda que hijos de nacionalizados puedan votar y advierte de inseguridad
- RTVE — El Gobierno respalda que los hijos de los nacionalizados puedan votar
- El País — Suspender el voto de los hijos condicionaría el escrutinio del 29-N, según el Gobierno
El litigio sobre el censo electoral y la 'ley de nietos' se tramita ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. La medida cautelar acordada el 10 de septiembre de 2026 afecta al Anexo I (en torno a 163.000 personas). La petición de extensión al Anexo III, presentada por Vox e Iustitia Europa, está pendiente de resolución. Las elecciones generales están convocadas para el 29 de noviembre de 2026.
