El Poder Judicial ha movido una pieza delicada en el caso Begoña Gómez: no sanciona al juez Juan Carlos Peinado, pero tampoco cierra sin más la carpeta. La Comisión Permanente del CGPJ ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dos diligencias informativas para que valore si el magistrado pudo incurrir en dos faltas leves: una de desconsideración y otra de retraso.

La primera toca el nervio político. Según la nota oficial del CGPJ, la diligencia nace de un auto de medidas cautelares en el que Peinado sugería que miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de una persona investigada: Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. La frase no es una anécdota menor. Cuando un juez escribe algo así en una resolución, no está soltando una tertulia de café: está dejando una sospecha institucional en papel judicial.

La decisión importante es esta: el CGPJ considera que puede haber base para que el TSJ de Madrid estudie si esas expresiones encajan en una falta leve de desconsideración. No equivale a condena disciplinaria, ni permite vender que Peinado ya ha sido sancionado. Pero sí rompe el relato cómodo de que cualquier crítica a sus resoluciones es automáticamente un ataque a la independencia judicial.

La independencia judicial protege a los jueces frente al poder político. No les convierte en seres intocables. Esa frontera conviene repetirla porque España vive instalada en una guerra de trincheras: para unos, todo reproche a Peinado es golpismo contra los tribunales; para otros, todo movimiento suyo prueba una conspiración judicial contra Moncloa. La realidad, mucho menos útil para el grito, es que existe un cauce disciplinario y ahora el órgano competente deberá mirar los hechos.

La segunda diligencia remitida al TSJ de Madrid se refiere a un posible retraso injustificado en un procedimiento entre junio de 2024 y enero de 2026. También aquí el CGPJ matiza: el Promotor de la Acción Disciplinaria proponía archivar, pero la Comisión Permanente entiende que puede haber indicios de una falta leve de retraso. Otra vez: no hay sanción todavía, hay traslado para valoración.

El propio comunicado del Poder Judicial añade una parte que baja la espuma: otras cuatro diligencias informativas han sido archivadas o se ha tomado conocimiento de su archivo. Entre ellas, quejas relacionadas con la declaración del ministro Félix Bolaños, con la asesora de Begoña Gómez, con una prórroga de instrucción y con una denuncia sobre videoconferencia y medidas cautelares. Es decir, el CGPJ no ha comprado en bloque todas las quejas contra Peinado.

La lectura progresista es clara: un Estado de derecho serio no puede funcionar con jueces convertidos en actores políticos por encima de cualquier control. Si una resolución desliza sospechas graves sobre escoltas públicos, debe poder examinarse sin que medio país grite “lawfare” y el otro medio “persecución al juez”. El control disciplinario no debilita la justicia; la debilita la sensación de que algunos pueden escribir cualquier cosa sin rendir cuentas.

La lectura conservadora también tiene una cautela legítima: cuidado con usar cada expediente disciplinario como munición contra un instructor incómodo para el poder. Por eso importa ceñirse a lo que hay. El CGPJ ha remitido dos asuntos al TSJ de Madrid para valorar posibles faltas leves. Nada más, pero tampoco nada menos. La política hará su teatro; la pregunta de fondo es si la justicia española es capaz de corregirse a sí misma sin convertirse en otro plató.