El Gobierno ha concedido un indulto parcial a Laura Borràs y, como suele pasar con los indultos sensibles, la decisión dice más de la temperatura política que de la literalidad del BOE que todavía tendrá que aterrizar el acuerdo. Lo sustancial está claro: la pena de prisión de cuatro años, seis meses y un día queda conmutada por otra de dos años. El resto no desaparece. Según las informaciones publicadas, se mantienen la multa y los 13 años de inhabilitación.

La diferencia práctica es enorme: bajar la prisión a dos años puede evitar el ingreso efectivo en la cárcel si se cumplen los requisitos legales habituales. Y ahí está el corazón del debate. No estamos ante una absolución, ni ante una revisión de los hechos probados, ni ante una reparación simbólica del procés. Borràs fue condenada por prevaricación y falsedad documental en relación con adjudicaciones cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes. El indulto no borra eso. Lo que hace es modular la consecuencia penal más dura.

El Gobierno puede apoyarse en un dato relevante: el tribunal que juzgó el caso pidió en su día un indulto parcial limitado al exceso de condena sobre los dos años de prisión. Esa fuente judicial no convierte la decisión en políticamente neutra, pero sí impide venderla como un capricho sacado de la manga para contentar a Junts. Hay base institucional. También hay contexto parlamentario. Y fingir que una cosa anula la otra es infantil.

La derecha tiene aquí un flanco fácil: otro gesto hacia el independentismo catalán en una legislatura en la que cada voto cuenta y cada gesto se lee como precio de supervivencia. El reproche no necesita exageraciones para ser potente. Si un Gobierno indulta parcialmente a una dirigente de un partido decisivo para su mayoría, debe explicar muy bien por qué lo hace, qué informes pesan más y dónde acaba la justicia de gracia y empieza la conveniencia política.

La izquierda, por su parte, haría mal en refugiarse en el automatismo de “lo pidió el tribunal”. En democracia los indultos son legales, sí, pero también son decisiones políticas firmadas por un Gobierno. Y cuando se aplican a cargos públicos condenados por delitos vinculados al ejercicio de responsabilidades institucionales, el listón de explicación pública tiene que ser más alto, no más bajo.

Conviene separar tres planos. Primero, el penal: la condena sigue existiendo y la inhabilitación se mantiene. Segundo, el humano: la cárcel no siempre es la respuesta más útil cuando el propio tribunal avala rebajar el tramo de prisión. Tercero, el democrático: la ciudadanía tiene derecho a sospechar cuando el perdón estatal toca a piezas situadas cerca del tablero parlamentario.

La salida digna no es gritar “golpe” ni vender “normalidad” con cara de trámite. Es publicar todos los argumentos, asumir el coste y no tratar al lector como si no supiera contar diputados. Porque el problema de fondo no es solo Laura Borràs. Es una pregunta más incómoda: cuántas decisiones de gracia puede soportar una legislatura antes de que la gente empiece a verlas como moneda política, aunque jurídicamente estén amparadas.