Carles Puigdemont quería convertir la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un billete de vuelta sin esposas. El juez Pablo Llarena le ha contestado con un auto seco: no hay amnistía automática de la malversación y la orden nacional de detención sigue en pie. Toni Comín, en la misma causa, recibe el mismo no.

No es un capricho de última hora. Es la misma línea que el instructor del Supremo ya marcó en julio de 2024, solo que ahora con un matiz importante: Europa le ha quitado una pata al taburete, pero no las dos.

Lo que Europa sí tumba… y lo que no

Cuando entró en vigor la ley de amnistía del procés, Llarena negó el perdón de la malversación por dos motivos. Primero, porque entendía que los hechos afectaban a los intereses financieros de la UE. Segundo, porque apreciaba un beneficio personal de carácter patrimonial: usar dinero público para pagar el referéndum y la hoja de ruta política sin que eso saliera del bolsillo de quienes lo impulsaron.

El TJUE, en julio, desmontó la primera vía. Luxemburgo avaló la ley y descartó que la secesión de una parte del territorio dañara, por sí sola, las finanzas comunitarias. Llarena lo admite con claridad: ese argumento ya no sostiene la exclusión.

El segundo, en cambio, lo mantiene intacto. Y lo explica sin poesía de pasillo. La ventaja económica, dice el auto recogido por Europa Press y ABC, no exige que el dinero acabe en una cuenta personal. Basta con evitar el desembolso necesario para conseguir lo que se quería comprar: servicios, organización, logística del 1-O sufragados con la caja pública.

El Constitucional, no el calendario político

Puigdemont y su defensa intentaban apuntalar la petición con el aval general del Constitucional a la ley y con el fallo europeo. Llarena responde que ninguna de esas instancias ha zanjado todavía la interpretación individual del Supremo sobre el “beneficio personal”. Las sentencias del tribunal de garantías, escribe, no dejan sin efecto ese criterio… pero tampoco lo validan de forma específica.

En cristiano: el instructor se niega a anticipar el resultado de los recursos de amparo pendientes. El País sitúa el arranque del debate en el Constitucional hacia el 22 de octubre. Hasta entonces, la malversación no se borra por decreto mediático.

Hay un matiz que importa a quien viaja con pasaporte y con abogados: Llarena subraya que su decisión de este martes no declara irrevisables las medidas cautelares. No convierte la falta de amnistía en justificación eterna de cualquier restricción. Se limita a rechazar el levantamiento por las razones ahora planteadas. Es decir, deja la puerta entreabierta… pero no la abre.

Lo que no se cuela por la rendija

El auto también tumba el archivo de la causa y la petición de pasar el asunto al TSJC o a juzgados de Barcelona. Sin archivo ni amnistía, cae la pretensión de levantar la orden de detención “como consecuencia” de esos argumentos. La lógica es de manual: si el delito sigue vivo en la instrucción, el riesgo procesal no se esfuma porque haya habido un titular en Bruselas.

Desde la derecha institucional y liberal el marco es bastante simple. Una amnistía política no puede convertirse en un borrado contable de fondos públicos. Si la propia ley excluye modalidades de malversación con beneficio patrimonial, un instructor no está obligado a hacer de notario del relato independentista cada vez que llega un auto europeo parcial.

Quien quiera volver sin riesgo judicial tiene una vía clara y aburrida: que el Constitucional diga, caso por caso, si la lectura del Supremo sobre el beneficio personal es o no correcta. Hasta que eso ocurra, presentar el aval del TJUE como victoria total es marketing, no ejecución judicial.

Llarena no ha cerrado la historia del procés. Ha hecho algo más incómodo para la negociación política: recordar que el dinero público no se amnistia con un tuit ni con una sentencia que solo corta una de las dos cuerdas.