El 29 de octubre, cuando Pedro Sánchez firmó el decreto de disolución de las Cortes y fijó el 29 de noviembre como fecha electoral, la agenda informativa se llenó de encuestas, siglas y estrategias de campaña. En ese ruido, quedó enterrada casi sin ruido una reforma que el movimiento LGTBI llevaba años reclamando: la tipificación como delito de las terapias de conversión en el Código Penal.

No fue una derrota en votación. No fue un rechazo del Senado. Fue algo más frustrante que eso: la proposición de ley orgánica decayó porque el tiempo se acabó. Una legislatura que cierra, un texto que vuelve a la casilla de salida como si los años de trabajo parlamentario no hubieran existido.

179 votos a favor no son suficientes si el Senado no puede votar

En junio de 2026, el Congreso de los Diputados aprobó el dictamen de la proposición con 179 votos a favor, 32 en contra y 137 abstenciones. Un resultado con sus claroscuros, pero con mayoría clara. Solo faltaba el trámite en el Senado. Solo ese paso. Y nunca llegó.

Que una ley caiga así —no por rechazo explícito sino por interrupción— tiene un significado político que conviene no suavizar: el adelanto electoral no es neutro. Cada semana que pasa sin esa reforma es una semana más en que las personas sometidas a estas prácticas siguen sin tener la protección que otorga el Código Penal.

¿Qué queda? La ley de 2023 y sus límites

Aquí la diferencia importa, y mucho. La ley estatal LGTBI de 2023 ya prohíbe las terapias de conversión. Las prohíbe, sí. Pero las prohíbe como infracción administrativa: una multa, una sanción, un expediente. Lo que no hace —lo que solo podría haber hecho la reforma penal que acaba de decaer— es convertir a quien las sufre en víctima de un delito.

Esa distinción no es un tecnicismo para abogados. Para una persona real, significa que no accede a las medidas de protección que tienen las víctimas de delitos penales. Significa que el Estado no la reconoce con el mismo peso jurídico. Significa que quien practica estas terapias se enfrenta, como mucho, a una sanción administrativa, no a la posibilidad de ir a prisión. No es lo mismo.

Lambda alerta: el problema no es solo estatal

La asociación Lambda, desde València, fue de las primeras en reaccionar este 31 de octubre. Su coordinador, Fran Fernández, fue directo: la legislatura acaba sin que España tenga una norma estatal que criminalice estas prácticas. Una conclusión que, dicha así, pesa.

Pero Lambda añade un elemento que no conviene ignorar: la normativa autonómica valenciana. La asociación señala que el uso del concepto de «acompañar» en cierta regulación abriría la puerta, en su interpretación, a estas mismas prácticas con otro nombre. No es especulación abstracta: Lambda apunta a investigaciones en curso relacionadas con centros concertados religiosos en la Comunitat Valenciana.

Y el contexto político amplifica el riesgo. Con unas elecciones el 29-N y la posibilidad de un giro a la derecha o a la ultraderecha en el Gobierno —tanto a nivel estatal como en varias comunidades autónomas—, que el parche administrativo existente se erosione todavía más no es ciencia ficción. Es una tendencia que ya se ve en algunas normativas autonómicas.

El PP, la casilla de salida y la confianza que hay que demostrar

Saúl Castro, de la Asociación Española contra las Terapias de Conversión, recuerda lo que jurídicamente significa una proposición decaída: vuelve a cero. No hay punto de continuación automático. La próxima legislatura tendría que reemprender el proceso desde el principio, con todo lo que eso implica en tiempo, energía política y voluntad de los grupos.

Castro confía en que el PP —que durante esta legislatura mostró disposición a apoyar la tramitación— mantenga ese compromiso tras el 29-N. Es una confianza legítima, pero que está por confirmar en un escenario de precampaña donde los apoyos se mueven con la aritmética parlamentaria que salga de las urnas y con socios que no siempre empujan en la misma dirección.

Un patrón: los derechos también caducan

La ley contra las terapias de conversión no es la única iniciativa que cierra en falso. Otras normas relacionadas con los derechos de personas no binarias e intersex tampoco completaron su tramitación. Paula Iglesias, de FELGTBI+, ha señalado que España ha escalado posiciones en los rankings europeos de derechos LGTBI —un avance real que no hay que minimizar—, pero que ese progreso convive con el aumento del discurso de odio y con normas que no llegan a puerto.

El contraste es incómodo: un país que figura bien en los índices internacionales y que, al mismo tiempo, deja que una reforma aprobada en el Congreso decaiga sin más porque los tiempos electorales mandan. No es una derrota dramática. Es algo más cotidiano y, por eso, más difícil de combatir: la inercia.

Lo que viene después del 29-N

Las urnas del 29-N decidirán la composición de las nuevas Cortes y, con ella, las posibilidades reales de retomar esta proposición. Si la correlación de fuerzas lo permite, la nueva legislatura podría arrancar con un texto ya trabajado y con apoyos que en la anterior legislatura existieron. Si no, el parche administrativo de 2023 —necesario pero insuficiente— seguirá siendo lo único disponible mientras el discurso que relativiza estas prácticas encuentra cada vez más espacio en el debate político normalizado.

Mientras tanto, quienes han sufrido estas prácticas siguen esperando que el Estado les diga, con las palabras concretas del Código Penal, que lo que les hicieron es un delito.