Había un limbo. Doce personas procesadas por terrorismo en la operación Judas, una Fiscalía que un día pidió hasta 27 años y al siguiente el archivo, un tribunal español que se fue a Luxemburgo a preguntar si perdonar era traicionar Europa… y, este viernes, un auto que corta el nudo: sobreseimiento libre y archivo.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional aplica la ley de amnistía a los doce integrantes de los Comités de Defensa de la República (CDR) que llevaban años con la etiqueta más pesada del Código Penal. No es un veredicto de inocencia. Es otra cosa, igual de política y igual de jurídica: la extinción de la responsabilidad penal porque la norma de gracia, avalada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, les alcanza.
Qué dice el auto (y qué no)
Según las crónicas de El País, La Vanguardia y ABC, la sala —con los magistrados Francisco Vieira, Jesús Eduardo Gutiérrez y Fermín Echarri— declara el archivo de las actuaciones. La lista de beneficiados que publican los medios incluye a Esther García, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás, Alexis Codina, Jordi Ros, Rafael Joaquín Delgado, Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero, junto al resto de procesados de la causa.
El argumento central no es un relato heroico ni un blanqueo sentimental. Es el marco que dejó el TJUE en julio: la directiva europea contra el terrorismo no se opone a una amnistía nacional pensada para bajar la tensión política de un proceso independentista, siempre que los hechos no hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos. La Audiencia entiende ahora que, en este expediente, ese umbral no se cruza.
Eso importa. Porque la derecha mediática y parte de las acusaciones particulares llevan años vendiendo un eslogan simple: “amnistía = perdón al terrorismo”. El tribunal europeo ya había desmontado la tesis maximalista. Hoy el tribunal español aplica la consecuencia: si la ley es compatible con el derecho de la Unión y los hechos no entran en la exclusión dura, el archivo no es un capricho de Moncloa; es aplicación de norma.
El camino de ida y vuelta
Conviene el mapa temporal, sin novela:
- En septiembre de 2019, la Guardia Civil detuvo a los investigados en la operación Judas. La instrucción pasó por el juzgado central de instrucción número 6.
- En noviembre de 2023, con la amnistía aún en el aire político, la Fiscalía de la Audiencia pedía penas de entre 8 y 27 años: pertenencia a organización terrorista y, para ocho de ellos, fabricación de explosivos y estragos en grado de tentativa.
- Aprobada la amnistía, el mismo ministerio público cambió el chip y pidió suspender el juicio y archivar.
- En septiembre de 2024, la sala no cerró: planteó cuestión prejudicial al TJUE, temiendo chocar con la directiva antiterrorista y enviando, según su propia argumentación de entonces, un “mensaje” sobre el perdón de delitos de terrorismo alineados con intereses políticos.
- En julio de 2026, Luxemburgo avaló el encaje europeo con matices.
- A finales de septiembre de 2026, la Audiencia reabrió el trámite y dio plazo a las partes. Fiscalía y defensas pidieron el sobreseimiento. La Associació Catalana de Víctimes de Terrorismo (Acvot) pidió excluirles para evitar lo que llama impunidad.
Este viernes, la sala se alinea con Fiscalía y defensas. No con Acvot.
Lectura de mesa: el limbo también es política
Desde el marco progresista el dato duro es este: Europa no compró el relato del “terrorismo intocable por definición política”. Exigió un filtro de gravedad en derechos humanos. La Audiencia, tres meses después del fallo, lo aplica. Quien quiera pelear la amnistía en abstracto puede hacerlo en el Congreso o en campaña; lo que ya no cuela es fingir que el derecho europeo la ha declarado ilegal en bloque.
Tampoco hay que caer en el espejo inverso. Archivar no prueba que los hechos de 2019 fueran humo. Prueba que el legislador español, con el visto bueno de la interpretación europea que hoy sigue la sala, ha decidido apagar este fuego procesal como parte de una salida política al conflicto catalán. Se puede criticar esa decisión. Se puede defender. Lo que no se puede es negar el auto.
Para las familias que se sienten víctimas de cualquier violencia, el archivo duele. Para quienes llevan la causa como bandera de “Estado fallido”, el auto es gasolina. Para el lector que solo quiere saber qué ha pasado: doce procesados salen del banquillo por amnistía, no por absolución en juicio oral. El juicio que la Fiscalía llegó a pedir con decenas de años de cárcel no se celebrará sobre ese tipo.
Lo que queda fuera del titular
Queda el debate de fondo sobre cómo se tipificó el independentismo callejero y organizativo como terrorismo. Queda la tensión entre memoria de las víctimas y herramientas de pacificación política. Queda, sobre todo, una lección de cronómetro: cuando un tribunal nacional aparca una causa “por si Europa dice no” y Europa dice “sí, con matices”, el reloj vuelve a España. Hoy España ha contestado.
En plena precampaña del 29-N, el archivo no es un detalle de hemeroteca. Es un recordatorio de que la amnistía no era solo un papel para líderes del procés con carnet. También alcanza a expedientes más oscuros, más incómodos y más fáciles de convertir en eslogan. La Audiencia, al aplicar la ley, obliga a discutir la norma en sus términos reales: alcance, exclusiones y derechos humanos, no solo bronca de tertulia.
