El reloj del 29-N no perdona y el censo exterior se ha convertido en un pleito de alta tensión. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha vuelto a apretar a Félix Bolaños y José Manuel Albares: quiere la relación nominal de las 163.020 personas nacionalizadas al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática —la llamada ley de nietos— que figuran en el CERA a 1 de agosto de 2026. El tono del auto no es protocolario. Habla de pasividad, de dato «incomprensible» por no entregado y de apercibimiento de multas e incluso de posibles responsabilidades penales si el listado no llega a tiempo.

Mientras tanto, la muestra que ya está sobre la mesa es devastadora para la tesis de que bastaba con abrir la puerta y confiar. Según la documentación de la Abogacía del Estado citada por ABC y El Confidencial, se han revisado 31.390 expedientes y solo se han expedido 91 certificados consulares que acreditan el exilio de los ascendientes en los términos fijados por las medidas cautelares. Eso es un 0,29%. Tres de cada mil. El resto de esa muestra, en la práctica del criterio judicial, no acredita hoy el requisito que el Supremo exige para votar.

De la instrucción expansiva al filtro del Supremo

El conflicto no nace de un capricho de última hora. Nace de cómo se aplicó la ley. La norma hablaba de descendientes de españoles de origen que perdieron o renunciaron a la nacionalidad por exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual. La instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública —la que el reportaje de El Español sitúa en el origen del «coladero»— presumió la condición de exiliado para quienes salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. En la práctica, acreditaba la salida; no siempre el motivo.

Esa holgura hinchó nacionalizaciones e inscripciones en el censo de residentes ausentes. El Supremo, a instancias del contencioso, ha frenado el voto de ese bloque salvo certificación estricta de exilio. No es un debate abstracto sobre memoria: es un debate sobre quién entra en el censo electoral cinco semanas antes de unas generales. Y sobre si la Administración puede dilatar la identificación de los afectados cuando ella misma aportó la cifra exacta de 163.020.

Los magistrados lo dicen con crudeza: si el abogado del Estado maneja el número, la Administración «necesariamente» dispone de los datos de afiliación porque tramitó los expedientes. Pedir el listado nominal no es un enigma arqueológico. Es ejecutar una cautelar con urnas a la vista.

Bolaños mueve ficha… a medias

Este lunes, El Español avanza la respuesta de Justicia: Bolaños remitirá al Supremo el archivo de 76.600 nacionalizados que sí constan en Dicireg, la plataforma electrónica del Registro Civil. Es aproximadamente el 47% del total, porque Dicireg se fue implantando en consulados a partir de septiembre de 2024. Fuentes del ministerio subrayan que ese fichero ya se envió el 15 de octubre a la Oficina del Censo Electoral y que el Supremo fue informado el día 21. Consideran «incomprensible» el apercibimiento a Bolaños y desplazan el cuello de botella a Exteriores, donde está el grueso de la comprobación expediente a expediente.

El cruce de esos 76.600 nombres con el censo del 29-N deja, según el mismo relato, 38.188 coincidencias con derecho de voto en el extranjero. El resto serían fallecidos, menores u otras situaciones registrales. Ojo al detalle jurídico que importa: la cautelar del Supremo pesa sobre los 'nietos' del CERA, no sobre el censo de residentes en España. Aun así, la foto es clara: ni siquiera el trozo digitalizado del universo alcanza el total exigido, y la tasa de certificados positivos sobre lo revisado es residual.

El plazo judicial, con sábado y domingo hábiles para el cómputo, apunta a respuesta antes de las 15:00 del miércoles. No es un trámite de confort. Es la diferencia entre depurar el censo con nombres y apellidos o llegar al 29-N con una nube de 163.020 personas y una pelea institucional a gritos.

Lo que está en juego no es una anécdota consular

Desde esta mesa la lectura es directa. Un Estado que no es capaz de decir con rapidez quién fue nacionalizado por una vía excepcional no está defendiendo derechos: está improvisando el censo. Y un Gobierno que durante años operó con una instrucción expansiva ahora descubre, bajo lupa judicial, que acreditar el exilio es «casi imposible» en masa. Si era casi imposible, ¿por qué se construyó un atajo administrativo que trataba la salida del país como si bastara?

Hay afectados de buena fe. Los hay. También hay un principio básico de igualdad electoral: las reglas del censo no se estiran por instrucción cuando la ley pide un presupuesto de exilio. El Supremo no está pidiendo un mitin. Pide listados, certificaciones y ejecución de sus autos. Los 91 certificados entre más de 31.000 revisiones no son un eslogan de campaña: son el termómetro de hasta qué punto el atajo se alejó del texto legal.

Bolaños puede entregar Dicireg. Albares puede poner consulados a revisar. Faltan nombres, faltan cruces y falta tiempo. Lo que no falta es la evidencia de que el «coladero» no era una fantasía de la derecha judicialista. Era un riesgo contado en expedientes. Y a cinco semanas de votar, el precio de no haberlo ordenado antes se paga en autos, apercibimientos y una carrera administrativa contra el calendario electoral.